El pasado 24 de septiembre del presente año la asamblea legislativa aprobó prórroga para la amnistía fiscal 2020, quedando a la espera de la sanción del Presidente de la República Nayib Bukele.
El 29 de septiembre fue publicada en el diario oficial Nº 195 tomo Nº 428 el decreto Nº 734 en el que; efectivamente, se EXTENDÍA LA PRÓRROGA PARA AMNISTÍA FISCAL PARA EL AÑO 2020 HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL PRESENTE AÑO
5 puntos importantes sobre amnistía fiscal
¿Que periodos cubre la amnistía ?
Para declaraciones de IVA, pago a cuenta y otrs obligaciones mensuales aplica para cualquier periodo inferior o igual a Diciembre de 2019, en el caso de las declaraciones de Renta anual aplica para cualquier declaración inferior al ejercicio 2018
¿Aplica para contribuciones especiales ?
La amnistía solo aplica para tributos manejados por la DGII (Dirección General de impuestos Internos) y la DGA (Dirección General de Aduanas ) NO APLICA PARA CONTRIBUCIONES ESPECIALES las cuales no son administradas por estas dos direcciones como son el Fovial, Contrans y el FEFE .
¿Aplica para presentar informes y declraciones a cero?
Si has dejado de presentar informes como El F910 y el F930 estos no aplican para la amnistía, ya que las obligaciones formales no están contempladas por el decreto original, lo mismo sucede con las declaraciones a cero, en la guía de orientación publicada por el ministerio de hacienda lo deja claro en el inciso 4 del parrafo 2 «Beneficios de la ley «, te lo dejo a continuación:
No se encuentran comprendidos en los beneficios de la presente ley :
- Las multas por incumplimientos a obligaciones formales que no se vinculen con el pago de tributos
- disminución de valores a favor,
- o la presentación de declaraciones que no determinan pago
lo anterior en armonía con lo regulado en el articulo 1 inciso segundo de la ley. Puedes bajar la guia de orientación a continuación:
¿Aplica para impuestos por importaciones ?
Efectivamente si aplica, para tributos provenientes de las operaciones relacionadas con la Dirección General de Aduanas.
¿Cuando Termina la Amnistía ?
El decreto original No 521 de fecha 23 de septiembre de 2019 establece la vigencia de la amnistía hasta el 27 de septiembre de 2020, sin embargo una prórroga fue aprobada recientemente con lo que al nueva fecha para la vigencia de la amnistía fiscal llega hasta el 31 de diciembre de 2020.
¿A QUIÉNES BENEFICIA LA LEY?
- Sujetos pasivos bajo competencia de la Dirección General de Tesorería.
- Quienes hayan presentado sus declaraciones tributarias y no hayan pagado el impuesto liquidado en estas.
- Quienes hayan presentado una o más declaraciones tributarias sin estar obligados al pago del tributo; o no hayan presentado la declaración, hayan pagado.
- Quienes no hayan presentado una o más declaraciones tributarias y no hayan pagado el tributo; quienes hayan presentado declaraciones y hayan liquidado el tributo en cuantías inferiores.
- Quienes se encuentren en proceso de fiscalización.
- Quienes se encuentren en el proceso de apertura de pruebas en administración tributaria, en proceso de tasación de tributos o multas o en plazo para impugnar las resoluciones.
- Que tengan resolución de pago a plazos.
- Quienes hayan interpuesto recursos administrativos o contenciosos y estos se encuentren en trámite.
- Que no hayan retenido sumas en concepto de tributo.
- Quienes no hayan presentado declaración o hayan presentado declaración de mercancías con omisiones o inexactitudes en su información o no hayan pagado o liquidado los derechos arancelarios a la importación u otros impuestos, o hayan pagado o liquidado una suma inferior.
Decretos publicaciones del Diario Oficial
Puedes ver la publicación del diario oficial aquí: Extensión de prórroga para amnistía fiscal 2020
Osea que las de 2020 no aplican para amnistía?
asi es no aplican, talvez mas adelante aprueben una amnistia para este año 2020
Yo presente declaracion a cero con amnistia;
Al final del mismo proceso en la declaración a cero me dio la opción de presentarla con amnistia y fueron varias las que presente asi.
gracias amigo por aportarnos tu experiencia, tomar nota los que nos leen
Gracias por la información